RSS
 

Detención Ilegal

¿Qué es la Detención Ilegal?

La detención ilegal se define como el acto de restringir ilegalmente a una persona contra su voluntad o libertad de acción personal. Si se configura esta detención, el causante responderá en daños y perjuicios si su actuación fue culposa.

Según los casos resueltos por los tribunales, en Puerto Rico existe una acción de daños y perjuicios por detención ilegal que se atiende bajo lo dispuesto en el Art. 1802 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 5141.

¿Pueden Las Tiendas Pedir El Recibo de Compra en la Salida?

Sí­. La práctica de algunas tiendas de cotejar el recibo de compra cuando un cliente se dispone salir de la tienda, con el único propósito de verificar que la compra se ha hecho recientemente, constituye una actuación legí­tima para salvaguardar su mercancí­a de apropiaciones ilegales.

Ahora bien, esto no significa que puedan restringir su libertad. Por favor siga leyendo para instruirse.

Se Busca Proteger el Derecho a la Libertad

La acción de daños y perjuicios por detención ilegal está dirigida a proteger el derecho de libertad del que gozan todos los individuos. Es por eso que no se requiere que se arreste o encarcele a la persona perjudicada para que se configure la acción. Basta que el demandado interfiera con la libertad total de movimiento del perjudicado, independientemente de dónde se encuentren, para que se configure la causa de acción. Tampoco es necesario el uso de fuerza ni que el perjudicado ofrezca resistencia violenta.

Duración de la Detención Determina los Daños

La duración de una detención ilegal sólo surte efectos en cuanto al alcance de los daños y perjuicios sufridos, ya que la mera detención ilegal, por mí­nima que sea, da derecho a una causa de acción.

Los 3 Requisitos para que la detención se catalogue como Detención Ilegal

La acción de detención ilegal se configura cuando están presente los elementos siguientes: (1) restricción intencional de la libertad de movimiento de una persona; (2) que la persona detenida sea consciente de la detención y no haya consentido a ella, y (3) que la detención haya causado daños.

Criterios de Razonabilidad

La procedencia de la causa de acción por detención ilegal depende de criterios de razonabilidad, a tenor con las circunstancias particulares de cada caso. Esto es así­, ya que hay que hacer un balance adecuado entre el deber que tiene toda persona de cooperar en la lucha contra el crimen y el derecho que tiene toda persona a no ser privada ilegalmente de su libertad.

La Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico contiene varias disposiciones que protegen el derecho a la intimidad, entre éstas, las Secs. 1 y 8.

El derecho a la intimidad es de tal importancia que opera ex proprio vigore, y se puede hacer valer entre personas privadas. Este derecho constitucional le impone a toda persona el deber de no inmiscuirse en la vida privada o familiar de los demás seres humanos. Es por ello que la protección opera tanto frente al Estado como ante personas particulares.

El derecho de intimidad se puede hacer valer mediante una demanda por daños al amparo del Art. 1802 del Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. sec. 5141, de forma tal que se pueda resarcir al afectado por los perjuicios causados por violar el deber de no intervenir con la intimidad de los demás.

Si tiene dudas puede solicitar orientación gratis .

demandalo_animated1.gif

*


  • Share/Bookmark

Comments are closed.