ACAA – Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles

Bienvenidos a la sección informativa sobre la ACAA o Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles de Puerto Rico.

Aquí encontrará variada información que le ayudará a aclarar múltiples dudas en el trámite de una reclamación por accidentes de autos, camiones, motoras, o sea, vehículos de motor en Puerto Rico.

Si sufrió daños en un accidente de vehículo de motor en Puerto Rico puede solicitar orientación legal gratis por abogados de Puerto Rico para que le ayuden a reclamar los derechos que pudiera tener.

  • ¿Qué es la ACAA?

La  ACAA es una entidad del Gobierno de Puerto Rico cuya tarea es administrar un seguro de servicios de salud y compensaciones para beneficiar a las personas que son víctimas de accidentes de vehiculos de motor, auto, motoras, camiones y a sus dependientes.

  • ¿Cuál es su Objetivo?

El objetivo principal de la ACAA es disminuir los efectos sociales y económicos sobre la victima, su familia y demás dependientes que surgen como resultado de los accidentes de tránsito en Puerto Rico.  Esto lo hace proporcionando a dichas personas servicios médico-hospitalarios e ingresos para que no queden en total desamparo y desvalimiento económico.  Por ello también compensa a los dependientes de víctimas fallecidas en la mayoria de los accidentes de tránsito que ocurren en Puerto Rico.  Existen unas excepciones por lo que se recomienda consulte con un abogado.

  • ¿Dónde ACAA tiene oficinas en Puerto Rico?

La ACAA tiene diez oficinas regionales en Puerto Rico.  Entre ellas se encuentran las siguientes: ACAA San Juan, ACAA Bayamon, ACAA Arecibo, ACAA Aguadilla, ACAA Mayaguez, ACAA Ponce, ACAA Guayama, ACAA Caguas, ACAA Humacao y ACAA Carolina.

  • ¿Qué es lo que cubre ACAA?

Este seguro provee múltiples beneficios como lo son servicios médico-hospitalarios, compensación por pérdida de ingresos por incapacidad, compensación por desmembramiento y/o por pérdida de la vista y compensación a los dependientes de víctimas que fallecen como resultado de un accidente de tránsito.  Ciertamente, el seguro provisto por ACAA en Puerto Rico es compulsorio y cubre toda la población de Puerto Rico contra los efectos de accidentes de tránsito.  Dicho seguro entró en vigor en el año 1970 mediante la ley conocida como LEY DE PROTECCIÓN SOCIAL POR ACCIDENTES DE AUTOMÓVILES, Ley Núm. 138 de 26 de junio de 1968, y es la que está vigente a la fecha de esta publicación.  Dicha ley debe estudiarse en conjunto con su Reglamento.

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  • ¿Cuándo ACAA no cubre?

La ACAA no provee cubierta cuando las personas conducen:

  • Bajo los efectos del alcohol o de drogas.
  • Sin tener una licencia de conducir válida y vigente.
  • Con la licencia de automóvil o marbete vencido.
  • Mientras se comete un acto criminal, que no sea una violación a la ley de tránsito.
  • Mientras intentan causarse daño corporal a su propia persona.
  • En competencias de carreras o pruebas de velocidad en áreas reservadas para estas actividades.